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EX JEFE DEL SERVICIO PENITENCIARIO PIDE UN RESARCIMIENTO AL GOBIERNO PROVINCIAL

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Juan Carlos Salica, ex Jefe del Servicio Penitenciario de Corrientes envió una carta de lectores a la redacción de CorrientesHoy a través de la cual reclama un "resarcimiento por los daños causado a mi persona, moral, y restauración publica de mi buen nombre y honor, percibir mis haberes como jefe de servicio ya que ejercí y fui nombrado por decreto. A continuación la transcripción de la misiva.
Recurro a esta pagina, una de las mas importante del nordeste argentino, para hacer conocer a la ciudadanía, algo tan polémico y que en su momentos tanto en los matutinos como periodistas quisieron hacer rating con el tema; fui nombrado por la intervención federal Jefe del Servicio Penitenciario Año 2001.
En 2004, cimentaron mi destitución y de toda mi cúpula por, comentario el dice que, tal vez, quizás, pero en lo que respecta no existió denuncias ni sumarios; lo que no me permitió ejercer mis derechos a la defensas y el devido proceso.
Los mas grueso entre todas las difamaciones afirman que el que fuera en vida RAMÓN ARNOL CENTURIÓN participo en un asalto a la FIAT año 2004. ARNOL fue sobreseído por el juzgado Nº 2 Abogado defensor Dr. Ricardo Sosa, es decir tubo el derecho constitucional a la defensa.
Reclame mis derechos como ciudadano amparado por la ley fundamental, a la máxima autoridad Judicial S.T.J. (SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA)eh fundamentado mis derechos y este órgano entendió que existió a prima facie los requisitos para el otorgamiento de la medida cautelar, de acuerdo a la constitución había verosimilitud del derecho reclamado, lo que quedo en claro que se ha incurrido en arbitrariedad manifiesta, lo que invalida la decisión administrativa y la hace carente de sustento factico y jurídico; por ende correspondía la descalificacion total y la suspencion de la medida tomada, es así que el S.T.J. el 06/05/2008 intima al gobernador que en el perentorio tiempo de 10 días dicte los actos administrativos respondiéndome a la función bajo apercibiento del articulo 50 de la ley 4106.
La conducta administrativa fue y es ilegitima y ocasionando un grave daño y perjuicio a mi persona por lo que solicite la tutela jurisdiccional. No es menos cierto que la resolución Nº 1186/06 del S.T.J. complementado por resolución Nº 351/08, ambas se encuentran firme y con sentido lo que determino mi restitución a la función.
Se entiende el ejecutivo en un todo debe respetar lo ordenado por la máxima autoridad judicial, mas cuando esta firme y con sentido.
Lo único que pretendo es el resarcimiento por los daños causado a mi persona, moral, y restauración publica de mi buen nombre y honor, percibir mis haberes como jefe de servicio ya que ejercí y fui nombrado por decreto.
Estoy perfectamente de acuerdo que esta dentro del fuero del señor gobernador y que pertenece a la esfera reservada del P.E. los nombramientos, ahora bien así como reconozco sus facultades se debe entender mis derechos y respetar en un todo lo ordenado por el S.T.J. Son 8 años y 3 meses que espero justicia, la justicia tardía, no es justicia, pero aclaro ESTOY TOTALMENTE CONFORME CON EL TRABAJO QUE VIENE REALIZANDO EL S.T.J. He perdonado a los que dolosamente o por ignorancia me han echo de tal magnitud, como cristiano no cabe en mi "El ODIO, RESENTIMIENTO" y delante de DIOS sabrán que decir el día del Juicio Final.
GENERAL JUAN CARLOS SALICA

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