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Nos visito Marina Espinosa Bertinat



fm oasis 94.1 Lavalle Corrientes Argentina En estas elecciones del 18 septiembre además de elegir concejal en nuestra localidad también se eligió Convencionales Constituyentes ya que muy pronto la municipalidad contará con su propia carta orgánica y para la redacción de la misma es que se eligieron sus respectivos convencionales ý para aclararnos un poco mas esta cuestión es que en el día de hoy por la tarde nos visito la doctora Marina Espinosa Bertinat, por ello la doctora nos explico “que El Intendente Municipal a través de una Ordenanza convoca a elecciones para una Convención Constituyente que tenga por objeto la redacción de la Carta Orgánica Municipal, como lo establece la Constitución de la Provincia de Corrientes. En el caso del Municipio de Lavalle, va a ser uso de la facultad que le otorga la Constitución Provincial en el Art 156 último párrafo que establece que Los Municipios que tengan menos de 10.000 habitantes pueden optar entre sancionar su Carta Orgánica o regirse por la Ley Orgánica de las Municipalidades como lo venía haciendo hasta el momento.
Convencional Constituyente: Para ser convencional se requieren las mismas condiciones que para ser concejal.- Los Concejales, Intendentes y Vice intendentes deben reunir idénticos requisitos a los establecidos para ser diputado provincial
Artículo 87 Constitución Provincial: Son requisitos para ser Diputado:
1) Ciudadanía natural en ejercicio o legal después de cuatro (4) años de obtenida.
2) Veintidós (22) años de edad cumplidos. 
3) Dos (2) años de residencia inmediata en la Provincia, para los que no son naturales de ella.
Se llevan a cabo las elecciones para elegir a los Convencionales Constituyentes Municipales. La Convención Municipal se integra por el doble número de concejales, elegidos por el voto directo y por el sistema de representación proporcional.
La Convención, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, sesiona por UN término DETERMINADO (por ej: sesenta (60) o (90) días) cumpliendo su cometido QUE ES redactar la Carta Orgánica Municipal, finalizada su tarea ésta se disuelve la Honorable Convención Constituyente.
    • CARTA ORGÁNICA: La carta orgánica es un conjunto de normativas para regir la vida institucional, política y económica del municipio, por ello se transforma en la Ley fundamental del municipio, ya que declara los principios que regirán el sistema, su modelo de organización de crecimiento y de distribución de recursos. Apuesta a la transparencia a partir de la amplia publicidad de los actos de gobierno y el reconocimiento del derecho de libre acceso a la información, el estado municipal debe centrarse en la defensa de estos intereses colectivos, en la prevención del daño y en asegurar la participación ciudadana, La Carta debe definir todos los aspectos que regulan la vida del municipio, como ser el Institucional, Político, Administrativo, Económico y Financiero, pero también otros, como el de la relación de las autoridades públicas municipales con su propio pueblo. En la redacción de la Carta deben participar todos los sectores mediante las distintas representaciones ciudadanas organizadas, solo de esta manera garantizaremos que se reflejen las necesidades y pensamientos de todo el contexto social

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