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Exclusivo: Este es el documento del pedido de juicio político a los tres miembros del Superior Tribunal
En exclusiva acerca a sus lectores el documento formal en virtud del cual el abogado patrocinante del ex Gobernador Raúl Rolando Romero Feris, el doctor Jorge Alcántara informa hace el formal pedido de juicio político a tres miembros del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes, el doctor Carlos Rubín, Juan Carlos Codello y Jorge Semhan. De esta manera comienza el proceso constitucional en el cual se solicita a la legislatura, Comisión investigadora mediante, investigue los pormenores del caso.
En el petitorio presentado por el letrado Alcántara en la Cámara de Diputados se solicita entre otras cosas que "se declare procedente la presente denuncia disponiéndose llevar adelante la formal acusación contra los ministros del STJ Provincial individualizados" y hace especial hincapié en que se proceda conforme al artículo 132 de la Constitución Nacional, apartado 2, disponiéndose se giren las presentes actuaciones a la comision de investigacion pertinente".
Exclusivo: Este es el documento del pedido de juicio político a los tres miembros del Superior Tribunal
En exclusiva acerca a sus lectores el documento formal en virtud del cual el abogado patrocinante del ex Gobernador Raúl Rolando Romero Feris, el doctor Jorge Alcántara informa hace el formal pedido de juicio político a tres miembros del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes, el doctor Carlos Rubín, Juan Carlos Codello y Jorge Semhan. De esta manera comienza el proceso constitucional en el cual se solicita a la legislatura, Comisión investigadora mediante, investigue los pormenores del caso.
En el petitorio presentado por el letrado Alcántara en la Cámara de Diputados se solicita entre otras cosas que "se declare procedente la presente denuncia disponiéndose llevar adelante la formal acusación contra los ministros del STJ Provincial individualizados" y hace especial hincapié en que se proceda conforme al artículo 132 de la Constitución Nacional, apartado 2, disponiéndose se giren las presentes actuaciones a la comision de investigacion pertinente".